El cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias en la era post BEPS: nuevos retos
Referencia: PGC2018-097713-B-I00
Entidad Financiadora: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema I+D+i.
Duración: 2019-2022
La lucha contra la planificación fiscal agresiva, la elusión y la evasión fiscal ha provocado el nacimiento de nuevas iniciativas por parte tanto de la OCDE como de la Unión Europea, destinadas a contrarrestar estos fenómenos, y que conllevan en muchos casos la aparición de nuevas obligaciones, incidiendo notablemente en las relaciones entre los contribuyentes y la Administración tributaria. Las nuevas exigencias de mayor transparencia y comunicación de información por parte de los obligados tributarios ha llevado a la OCDE a decantarse por apoyar y recomendar fórmulas que propicien el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, a través de los denominados programas de cumplimiento cooperativo. La UE ha incorporado esas mayores exigencias a través de normas de hard law, en las que se potencia la cooperación administrativa y el intercambio automático de información tributaria, según se desprende, entre otras, de la Directiva 2016/881, y la más reciente, Directiva 2018/822, de 25 de mayo, que modifican la Directiva 2011/16/UE de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
La OCDE elaboró un Plan de Acción de 15 puntos destinado a luchar contra la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios (Plan BEPS), que representa una prioridad para los gobiernos de los Estados que se sumen al mismo, pues se comprometen a implantar en sus legislaciones las medidas propuestas. Así, la acción 12 está dirigida a propiciar que las empresas revelen a las autoridades fiscales sus estrategias de planificación fiscal, tratando de conseguir un cumplimiento cooperativo entre empresas y Administraciones de los diferentes países para lograr un mayor compromiso de las empresas con la comunidad.

A diferencia de los sistemas anglosajones, los países con tradición jurídica continental debemos adoptar normas de seguimiento obligatorio, más acordes con nuestra tradición jurídica. En España, la Ley 34/2015, que reformó la LGT, incorporó el principio de cumplimiento cooperativo en su artículo 92.2. No obstante, y a pesar de que nos encontramos con una referencia normativa escasa, sirve de base para el objeto de estudio que proponemos desarrollar con este proyecto, partiendo del análisis del Derecho comparado y la experiencia de países donde el cumplimiento cooperativo representa un modelo avanzado.
La relación cooperativa requiere el cambio del actual modelo de procedimiento inquisitivo en materia de gestión tributaria por otro preventivo y de discusión jurídica. Este cambio de paradigma debe conciliarse con una adecuada protección de los derechos y garantías de los contribuyentes, asi como profundizar en la incidencia que estos cambios tienen sobre los principios y reglas que articulan los procedimientos de aplicación de los tributos, entre otras, las posibilidades de ampliar este sistema a un mayor número de contribuyentes, así como la posible conciliación del cumplimiento cooperativo con el procedimiento inspector; sin olvidar la potencial incidencia que sobre dicho sistema puede tener el Derecho de la UE.
En definitiva, el objetivo de este proyecto de investigación es hacer frente, de una manera integral y multidisciplinar, al análisis de los retos que el desarrollo de este nuevo enfoque de las relaciones entre la Administración tributaria y las grandes empresas plantea a los sistemas tributarios, con el fin de realizar propuestas de lege ferenda que permitan dar soluciones a los problemas previamente detectados, de un modo eficaz, eficiente y garantista.